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Milei hablará en cadena nacional tras el fallo por YPF y buscará capitalizar el impacto en todo el país

El Presidente se dirigirá al país este viernes a las 19 luego de la decisión de la Justicia de EE.UU. que favoreció a la Argentina. Se espera que refuerce la agenda del Gobierno y el rumbo de su gestión.

27 Marzo de 2026 15.24

El presidente Javier Milei brindará un mensaje en cadena nacional este viernes a las 19, tras el fallo de la Justicia de Estados Unidos que benefició a la Argentina en la causa por la expropiación de YPF. La decisión judicial tiene impacto a nivel nacional y repercute también en provincias como Catamarca.

Según trascendió, la grabación del mensaje se realizará durante la tarde y será emitida antes del partido de la Selección argentina frente a Mauritania, previsto para las 20.15.

Se presume que el mandatario centrará su discurso en el fallo favorable por YPF, aunque no se descarta que incluya una defensa del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, quien se encuentra bajo investigación por vuelos al exterior.

Desde el Gobierno anticipan que Milei buscará capitalizar políticamente la resolución judicial y retomar la iniciativa en la agenda pública, luego de días marcados por la controversia en torno a Adorni. En ese marco, el mensaje también apuntaría a mostrar cohesión dentro del Ejecutivo.

Durante la jornada, el Presidente celebró el fallo y destacó el impacto económico de la decisión. "Le hemos ganado a Burford Capital en Estados Unidos, hemos logrado que Argentina tenga que evitar el pago de 18.000 millones de dólares", expresó tras agradecer al equipo jurídico.

Asimismo, cuestionó al gobernador bonaerense Axel Kicillof por su rol durante el proceso de expropiación de la empresa.

Los fundamentos del fallo

La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York resolvió anular la sentencia que obligaba al Estado argentino a pagar más de 16.000 millones de dólares por la expropiación de YPF en 2012.

Por mayoría, los jueces Denny Chin y Sarah Merriam Robinson revocaron parcialmente el fallo de primera instancia dictado por la jueza Loretta Preska y rechazaron los principales argumentos de los demandantes.

En su resolución, sostuvieron que los reclamos de los accionistas minoritarios contra la Argentina y YPF no son reconocibles según la legislación argentina.

El tribunal consideró que la expropiación fue debatida y aprobada por el Congreso de la Nación, lo que la enmarca dentro de la legalidad vigente en el país.

En ese sentido, concluyeron que los estatutos de YPF no constituyen un contrato bilateral exigible entre el Estado y los inversores privados, sino que cumplen una función organizativa interna, sin generar obligaciones contractuales que habiliten reclamos por daños.