El Gobierno nacional reglamentó el procedimiento mediante el cual los hospitales nacionales podrán cobrar las prestaciones de salud a extranjeros no residentes, una medida que retoma uno de los puntos incluidos en la reforma migratoria impulsada en mayo de 2025.
La resolución fue ejecutada por el Ministerio de Salud, conducido por Mario Lugones, y publicada durante la madrugada del martes en el Boletín Oficial. La disposición establece un procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en los establecimientos de salud administrados por el Estado Nacional.
La decisión se conoció semanas después de que el Gobierno denunciara una supuesta "campaña antiargentina" en redes sociales y avanzara con nuevas medidas relacionadas con la política migratoria.
El nuevo esquema recupera una disposición que ya había sido contemplada en el DNU 366/2025, firmado por el presidente Javier Milei. Ese decreto había incorporado nuevos requisitos para el ingreso al país y condiciones más exigentes para acceder a la residencia permanente. Entre sus disposiciones también había establecido que las universidades y los hospitales nacionales podían cobrar por sus prestaciones a extranjeros que no tuvieran residencia. Sin embargo, en el área de Salud ese punto no había llegado a implementarse hasta ahora.
En el ámbito educativo, en tanto, el Gobierno había señalado a las universidades por no querer avanzar con la implementación del arancelamiento.
Qué cambia para los extranjeros no residentes
La resolución aprobada por el Ministerio de Salud establece el "Procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional".
Uno de los puntos centrales es la diferenciación entre las distintas situaciones migratorias.
Los extranjeros residentes permanentes no tendrán modificaciones en el acceso al sistema de salud nacional. Al igual que los argentinos, podrán acceder al sistema acreditando su condición migratoria mediante su DNI. El nuevo mecanismo está dirigido específicamente a los extranjeros no residentes, para quienes se establecieron dos alternativas de cobro según cuenten o no con cobertura médica.
Los mecanismos habilitados son:
- Extranjeros no residentes con seguro de salud: el hospital podrá facturar a la compañía aseguradora el costo correspondiente a la atención brindada.
- Extranjeros no residentes sin cobertura: deberán abonar previamente la prestación.
De esta manera, la resolución busca establecer una metodología común para el cobro de las prestaciones sanitarias brindadas a personas que no tienen residencia en el país.
Las emergencias seguirán siendo atendidas sin restricciones
Uno de los aspectos centrales de la normativa es que la atención de emergencias continuará garantizada para todas las personas, independientemente de su situación migratoria.
El decreto vigente establece que una emergencia no podrá ser negada ni demorada por trámites administrativos. La atención deberá brindarse cuando exista un "riesgo cierto e inminente para la vida o funciones vitales". Dentro de esa categoría se encuentran distintas situaciones consideradas de emergencia, entre ellas:
- Infartos.
- Accidentes cerebrovasculares (ACV).
- Traumatismos graves.
- Hemorragias masivas.
- Emergencias obstétricas.
- Emergencias pediátricas.
- Emergencias neonatales.
Por lo tanto, la reglamentación no establece restricciones para la asistencia inmediata ante una situación de emergencia. La prioridad será atender el cuadro que represente un riesgo cierto e inminente para la vida o las funciones vitales, sin que la condición migratoria o la realización de trámites administrativos puedan impedir o retrasar esa atención.
El esquema de cobro entra en consideración una vez superada la situación de emergencia. A partir de ese momento, las prestaciones posteriores podrán ser facturadas al paciente o a su aseguradora, según corresponda.
Cada hospital deberá implementar el mecanismo
Según explicaron fuentes del Ministerio de Salud, uno de los objetivos de la resolución es unificar el procedimiento para todos los hospitales nacionales y establecer reglas destinadas a recuperar los costos de las prestaciones brindadas a extranjeros no residentes.
La normativa busca así fijar un marco operativo común para los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional. Sin embargo, desde la cartera sanitaria aclararon que, en última instancia, serán los propios hospitales quienes deberán armar el mecanismo e implementarlo.
Esto significa que la resolución establece el procedimiento general y las condiciones para la recuperación de los costos, mientras que los establecimientos deberán desarrollar la modalidad concreta para ponerlo en funcionamiento.
La implementación se produce después de que la posibilidad de cobrar las prestaciones a extranjeros no residentes, incluida originalmente en el DNU 366/2025, no se hubiera aplicado en el sistema sanitario nacional.
Una política migratoria que suma nuevas medidas
La reglamentación se inscribe dentro de una escalada discursiva y política del Gobierno en materia migratoria que, según la información proporcionada, comenzó al finalizar el Mundial 2026.
En ese contexto, el Gobierno apuntó contra "las recientes manifestaciones de hostilidad" contra la Argentina y posteriormente impulsó nuevas iniciativas vinculadas con las condiciones de permanencia y los derechos de los extranjeros en el país. La Libertad Avanza presentó, a partir de ese escenario, un proyecto en la Legislatura Bonaerense destinado a establecer que los extranjeros sin residencia permanente deban pagar por la atención en los hospitales públicos y por la educación en las universidades de la provincia de Buenos Aires.
La iniciativa se sumó a las medidas que el Gobierno nacional ya venía promoviendo en materia migratoria. Una semana después, Javier Milei firmó un DNU que habilitó a expulsar del país a extranjeros que inciten mensajes de odio, discriminación o violencia contra argentinos por su nacionalidad.