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Para tener en cuenta

PAMI amplió un importante beneficio: ¿Cuál es y por qué?

El Programa de Atención Médica Integral tiene una gran noticia para los jubilados y pensionados que usan anteojos.

20 Noviembre de 2024 17.54

El Programa de Atención Médica Integral (PAMI) es la obra social de jubilados, pensionados y ex combatientes de Malvinas. Actualmente, brinda decenas de beneficios buscando mejorar la calidad de vida y salud de sus beneficiarios. Entre estos, se encuentra la entrega gratuita de lentes, que tiene una novedad en su servicio.

Como es sabido, PAMI cubre sin cargo un par de lentes para ver de cerca y otro para ver de lejos, o bien un par de lentes bifocales por año prestacional. Pero además de esto,  la obra social de los jubilados y pensionados brinda de forma excepcional anteojos aún cuando no haya pasado un año desde la última solicitud.

Se trata del programa Anteojos por Vía de Excepción, en el cuál los beneficiarios de PAMI pueden acceder y solicitar los lentes nuevos antes del año prestacional. Para eso, el médico oftalmólogo debe realizar a mano una nueva orden por anteojos con la graduación correspondiente y justificación.

 

Las situaciones excepcionales son las siguientes:

 

  • Robo
  • Extravío y rotura
  • Glaucoma
  • Cambio de graduación
  • Cirugía Quirúrgica

 

¿Qué documentación se necesita?

 

  • Documento Nacional de Identidad.
  • Credencial de afiliación.
  • Prescripción oftalmológica de un médico de PAMI (orden manual), extendida a nombre de la persona afiliada, donde conste la prescripción del anteojo, firma, sello aclaratorio de la firma del profesional y número de matrícula (tiene 150 días de validez). (No impresa - on line)
  • Declaración Jurada, sólo en los casos que el pedido de reposición es por robo / hurto / extravío.
  • Resumen de historia clínica oftalmológica.

La prestación está a cargo de cada afiliado. Una vez atendido por el médico especialista, él mismo elige la óptica de cartilla en donde gestionar sus anteojos. En caso de no poder trasladarse, un familiar o apoderado del afiliado puede gestionar la prestación con la documentación correspondiente.