La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) pagará un bono excepcional en mayo 2025, el cual se fijó en más de $160.000. Está destinado a un grupo de titulares, quienes deben cumplir con requisitos determinados para poder obtenerlo.
A la vez, la ANSES anunció un aumento del 3,73% para el próximo mes, equivalente a la inflación de marzo, debido a que así lo establece la fórmula de movilidad actual. Aplica para jubilados, pensionados y titulares de asignaciones.
Es en concepto de un complemento destinado a "acompañar a quienes trabajan en relación de dependencia". El organismo detalla las condiciones de percepción, la documentación que se precisa y el trámite que se debe llevar a cabo. Más información en anses.gob.ar.
La ANSES paga un bono excepcional en mayo 2025: ¿De qué se trata y quiénes lo cobran?
El bono de mayo de la ANSES es en concepto de la Asignación Familiar por Prenatal, es decir, una asistencia para las personas embarazadas. De todas formas, el monto varía de acuerdo al nivel de ingresos de cada familia y la zona en la que se habita.
El rango de su monto va desde los $51.355 hasta los $110.740. Incluso, se sumará a la Prestación Alimentar (también conocida como Tarjeta Alimentar), la cual está orientada a "garantizar el acceso a la canasta básica alimentaria".
Los valores de este último concepto mencionado son de: $52.250 para personas que perciben la Asignación por Embarazo y las familias con un hijo; $81.936 para las familias con dos hijos; y $108.062 para las familias con tres o más hijos.
Si se suman los $110.740, es decir, el monto más alto de la Asignación Familiar por Prenatal, y los $52.250 de la Tarjeta Alimentar, destinados a las personas que perciben la Asignación por Embarazo, el monto total a percibir será de $162.990.
Asignación Familiar por Prenatal de la ANSES: ¿Cuáles son los montos actuales?
La asignación se cobra mensualmente. Los valores actuales son los siguientes:
Ingreso familiar de hasta $795.177:
- Valor general: $51.355.
- Zona 1: $51.355.
- Zona 2: $110.740.
- Zona 3: $102.566.
- Zona 4: $110.740.
Ingreso familiar entre $795.177,01 y $1.166.207:
- Valor general: $34.640.
- Zona 1: $45.751.
- Zona 2: $68.529.
- Zona 3: $91.131.
- Zona 4: $91.131.
Ingreso familiar entre $1.166.207,01 y $1.346.428:
- Valor general: $20.949.
- Zona 1: $41.236.
- Zona 2: $61.881.
- Zona 3: $82.353.
- Zona 4: $82.353.
Ingreso familiar entre $1.346.428,01 y $4.210.876:
- Valor general: $10.807.
- Zona 1: $21.134.
- Zona 2: $31.631.
- Zona 3: $41.854.
- Zona 4: $41.854.
ANSES: ¿A quiénes les corresponde la Asignación Familiar por Prenatal?
- Trabajadoras en relación de dependencia.
- Monotributistas (categorías A hasta H).
- Trabajadoras que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
- Trabajadoras de temporada.
- Trabajadoras rurales.
- Titulares de la Prestación por Desempleo.
- Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra.
Requisitos de la ANSES para cobrar la Asignación Familiar por Prenatal
- Tener un embarazo de 12 semanas o más.
- La información de la persona titular y su grupo familiar debe estar acreditada en la ANSES.
- Si se trabaja en relación de dependencia o se es monotributista, hay que contar con una antigüedad mínima de 3 meses.
- Los ingresos individuales y los del grupo familiar no deben superar los topes máximos vigentes.
- Si la asignación la solicita el otro progenitor, es necesario acreditar la relación cónyuge, conviviente o conviviente previsional ante la ANSES.
Se recuerda que se tiene que solicitar la asignación antes de ocurrido el nacimiento o la interrupción del embarazo.
¿Qué documentación se precisa para cobrar la Asignación Familiar por Prenatal de la ANSES?
- Completar el formulario "Declaración Jurada novedades unificadas de SUAF Novedades Unificadas (PS 2.55)" (rubros 1, 2, 3, 5, 6 y 9).
1. Si en el rubro 1 marcaste que "Sí" te encontrás en una relación con la otra persona progenitora, tenés que completar el rubro 2. Si marcaste que "No", no tenés que completar el rubro 2, y hay que aclarar en el apartado "Observaciones": "No me encuentro en una relación de matrimonio, convivencia o convivencia previsional con el otro progenitor".
2. El rubro 2 se completa con los datos del otro progenitor y tenés que acreditar la relación ante la ANSES, presentando la documentación que corresponda a tu caso y ambos deben firmar el rubro 9.
3. El rubro 6 podés reemplazarlo con un certificado de embarazo extendido por un médico o Licenciado en Obstetricia, con su firma, sello y número de CUIL o CUIT.
4. Los rubros 3, 5, 7 y 9 solo se completan si trabajás en relación de dependencia o sos beneficiaria de una ART. Con el mismo formulario se solicita también la Asignación por Maternidad o Asignación por Maternidad Down.
5. El rubro 8 se completa solo en caso de autorizar a otra persona a hacer el trámite en tu lugar.
- Si la asignación la solicita el otro progenitor, se tiene que acreditar la relación ante la ANSES.
- En caso de que se interrumpa el embarazo o se produzca un nacimiento (con o sin vida) antes de la fecha probable de parto, hay que completar el rubro 1 y el rubro 6 o presentar certificado médico donde consten esos datos.